Comprobantes fiscales
Si vendes en República Dominicana, tarde o temprano un cliente te va a pedir «una factura con comprobante». Aquí te explicamos qué es eso, sin lenguaje de abogado.
Lo básico
Un Número de Comprobante Fiscal es el número que la DGII le pone a cada factura para poder seguirle el rastro. No te lo inventas tú: le pides a la DGII una autorización y te entrega rangos de números para usar en orden.
Se ve así: B0200000123. Las tres primeras posiciones dicen qué tipo de comprobante es, y las ocho de atrás son el correlativo — el 123 de ese rango.
Los tipos
Los que ve un negocio normal son tres. Los demás son para casos concretos.
La factura del día a día, para el cliente que no va a deducir la compra. Es la que más se usa: no hace falta pedirle el RNC.
Ejemplo: Alguien entra al colmado, compra y pide su factura.
Para cuando el cliente es una empresa (o un profesional con RNC) y va a descontar esa compra de sus impuestos. Lleva el RNC del comprador obligatorio.
Ejemplo: Una constructora te compra material y lo va a pasar a gastos.
Rectifica una factura que ya emitiste: una devolución, un descuento dado después o un error. Es lo que le dice a la DGII que ese ITBIS ya no lo debes.
Ejemplo: Te devuelven mercancía de una factura que llevó comprobante.
Lo contrario de la anterior: le suma a una factura ya emitida, cuando se cobró de menos o hay un cargo que apareció después.
Para vender a quien está exento de impuestos por ley: zonas francas, diplomáticos y otros regímenes especiales.
Para venderle al Estado: ministerios, ayuntamientos e instituciones públicas.
Ejemplo: El ayuntamiento te compra material de oficina.
Formas de cobrar
El comprobante dice qué documento emites. Esto otro es cómo te pagan — y cada forma se anota distinto.
Te pagan y se acabó: efectivo, tarjeta, transferencia. El dinero entra a la caja del turno y la mercancía sale del inventario en el mismo momento.
Se lleva la mercancía y paga después. La venta y su comprobante existen desde hoy —y el ITBIS se declara este mes, aunque no hayas cobrado—, y queda una cuenta por cobrar con su fecha de vencimiento.
Un precio por escrito para que el cliente decida. No es una venta: no toca el inventario, no entra a la caja y no consume ningún NCF. Solo cuando se convierte en venta pasa a contar.
Te deja un abono y va pagando. La mercancía se reserva pero la venta no está cerrada; el comprobante sale cuando se entrega y se termina de cobrar.
Si la venta llevó comprobante, devolverla no es borrarla: se emite una nota de crédito (B04) que la rectifica. Eso es lo que le dice a la DGII que ese ITBIS ya no lo debes.
Cuando tú eres el que compra, guardas el comprobante que te dan. Esas facturas son las que van en el 606 y las que te descuentan ITBIS.
Lo que más se paga caro
Le devuelves el dinero al cliente pero no emites la B04. Para la DGII esa venta sigue viva, así que pagas ITBIS de plata que ya reintegraste. Es el más común de todos.
Pasa al cambiar de sistema y empezar otra vez desde el 1 cuando ya habías usado hasta el 500. Dos facturas distintas con el mismo NCF es un problema serio, y limpiarlo después cuesta más que hacerlo bien.
La autorización se acaba un sábado a mediodía y no puedes facturarle a la empresa que está esperando. La autorización nueva no es instantánea: se pide antes, no cuando se acabó.
Esto es una explicación general para que entiendas de qué se trata, no asesoría fiscal. Qué comprobantes te tocan a ti depende de tu régimen: eso te lo dice tu contador o la propia DGII.
Con Bidef GO
Cargas los rangos que te autorizó la DGII una sola vez, y de ahí en adelante no tienes que acordarte de ningún número.